Nuestra asegurada iba conduciendo tranquilamente cuando al tomar una curva perdió el control del coche y colisionó con otro vehículo.
El atestado de la policía autonómica indicaba que la culpa no era exclusiva de nuestra segurada, ya que si bien ésta invadió el carril contrario, fue debido a que en la calzada había una gran mancha de aceite.
El accidente provocó daños en el lateral delantero izquierdo del automóvil de nuestra segurada.
Así que procedemos a interponer una reclamación contra el Ayuntamiento, presentando la factura correspondiente a la reparación del vehículo que asciende a 1.372 euros.
Pero nos indican que nos debemos dirigir al servicio de asesoría jurídica de la Diputación provincial que era la titular de la carretera donde se produjo el siniestro. Volvemos a formular una nueva reclamación ante esta otra administración.
Pasa el tiempo y no recibimos respuesta alguna.
Cuando ya pensábamos que habían desestimado nuestra reclamación, resulta que desde la Diputación nos notifican una resolución estimatoria, que satisface plenamente las aspiraciones de nuestra asegurada, que cobra el 100% de la cantidad reclamada.