Cuando nuestro asegurado estacionó su vehículo en el parking de unos grandes almacenes de Barcelona no imaginaba la desagradable sorpresa que le aguardaba a la vuelta.

Tras realizar sus compras y de regreso a la plaza en que había aparcado su coche, descubrió que le habían rayado los dos laterales de su automóvil.

Nos cursa arte para que procedamos a reclamar por los daños materiales que sufrió el coche.

Nos adjunta copia de la reclamación que presentó ante dicho centro comercial, así como el correspondiente ticket del parking.

El perito estima que los daños del vehículo ascienden a 911 euros.

Al tratarse de un aparcamiento privado, nuestro abogado considera que existe un deber de custodia y que por tanto cabe exigir responsabilidades a dichos grandes almacenes.

Así que procedemos a reclamarles el ingreso de la cantidad a la que ascienden los daños materiales, pero no obtenemos respuesta alguna.

De modo que no nos queda más remedio que presentar unha demanda en el juzgado.

Pero antes de que se celebre el juicio, el centro comercial nos envía un cheque por la totalidad de la cantidad reclamada.